La Cámara de Casación validó la declaración de arrepentidos en la causa Cuadernos

Los camaristas Daniel Petrone y Diego Barroetaveña desestimaron los planteos de las defensas para declarar la inconstitucionalidad de la ley del arrepentido e invalidar los dichos de las personas que fueron aceptadas como imputados colaboradores en la investigación.

De esta manera la causa de los cuadernos avanza hacia el juicio oral. La causa de los cuadernos podrá seguir avanzando hacia juicio oral. Se trata del caso de corrupción que tiene a la vicepresidenta Cristina Kirchner como acusada de ser la jefa de una asociación ilícita que recaudaba coimas de empresarios que hacían negocios con el Estado.

En 2018 Oscar Centeno, el autor de los cuadernos, fue el primero de los arrepentidos, que desató la ola de pactos que se hicieron en la fiscalía de Carlos Stornelli. En total hubo 31 arrepentidos entre empresarios y ex funcionarios que buscaron aliviar su situación para salir de prisión o evitar una detención.

Los jueces, con la disidencia de la tercera camarista Ana María Figueroa, consideraron que será en la etapa de un futuro juicio oral donde “con la amplitud probatoria propia del debate, serán dirimidos todos los planteos que puedan surgir para el supuesto de que en algún caso concreto se verifique afectación de garantías constitucionales”.

En una resolución de unas 200 paginas, por mayoría, el tribunal resolvió rechazar por mayoría los recursos de la defensa de Julio de Vido, Hernán Gómez y Juan Lascurain contra la ley del arrepentido.

“En el caso concreto de la Ley 27.304, los recurrentes deberían demostrar, de manera concreta y específica, de qué modo la norma cuya inconstitucionalidad alegan viola garantías y derechos reconocidos por la Carta Magna y, en ese ámbito de discusión, quedarán al margen del examen las motivaciones y finalidades que inspiraron a los legisladores para sancionar la norma en trato (por cierto, es útil memorar que la ley fue aprobada por ambas cámaras con una amplísima mayoría”, sostuvo el voto mayoritario en el fallo al que accedió Infobae.

Y resaltó: “No resulta ocioso recordar los objetivos perseguidos por la ley, en cuanto a que se sancionó con la finalidad de dotar al sistema de enjuiciamiento penal de mayores herramientas en busca de alcanzar resultados óptimos en la investigación, instrucción y juzgamiento de los delitos de corrupción –entre otros delitos incorporados– que en muchas ocasiones resultan sumamente complejos y de dificultosa determinación”.

En otra resolución de 6 páginas, los jueces también rechazaron los pedidos de la defensa de Cristina Kirchner, Julio de Vido y Roberto Baratta en donde se pedía la nulidad de la declaración de Oscar Centeno.

Se descuenta que las defensas buscarán que la Corte Suprema de Justicia analice y revoque esta decisión. Pero el fallo termina convalidando el avance de la causa rumbo a juicio oral. El expediente fue elevado en septiembre de 2019 al Tribunal Oral Federal 7.

Los planteos prometen reeditarse en esa instancia cuando el caso finalmente empiece en un debate oral, cuando los arrepentidos tengan que repetir lo que dijeron ante la fiscalía.

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